Herencias con testamento y herencias sin testamento

Hay momentos de la vida en los que une no quiere pensar. Aunque está claro que el más complicado es pensar en que te vas a morir. Lamentablemente está demostrado que todo lo que nace, muere. Y que como dice el famoso dicho, lo único que tenemos claro en esta vida es que nos vamos a morir. Desgraciadamente hay mucha gente que no quiere ser consciente de ello. Por eso, son muchos los que nunca se atreven a mencionar una palabra que parece maldita: testamento.

Yo lo he vivido en mis propias carnes. Mi padre nunca quería hablar de ello. Siempre decía que ya tendría tiempo para hacer eso…Otras veces, cuando se enfadaba, decía que si mis hermanos y yo solo estábamos esperando a que se muriera para saber lo que nos correspondía en la herencia. Pues bien, hace un año se contagió del maldito covid. Estuvo muy mal. Parecía que lo iba a pasar sin síntomas pero poco a poco fue empeorando. Le tuvimos que ingresar e incluso que entubar. Los médicos nos dijeron que nos pusiéramos en lo peor. Por suerte, y gracias a la medicina y a los grandes profesionales sanitarios que tenemos en este país se salvo. Pues bien, lo primero que dijo cuando ya estuvo en casa fue. “tenemos que hacer el testamento”. Y es que hasta que no vemos las orejas al lobo parece que uno no espabila.

Es cierto que el covid ha provocado que sean muchos los padres que quieran hacer testamentos, aunque también es cierto que muchos han muerto sin hacerlo. Hoy queremos conocer un poco más sobre esta trámite, que en España debería pasar a ser algo de lo más habitual. Y es que hay muchas dudas en cómo se hace, y sobre todo, queremos aclarar que pasa si no se hace.

¿Cómo se tramita una herencia?

Cuando fallece un familiar, los herederos se enfrentan a una serie de trámites. Las herencias a veces requieren demasiadas gestiones dado que el causante en muchas ocasiones no ha otorgado testamento. En estos momentos es cuando te tienes que poner en manos de una empresa que se encargue de realizar estos trámites, para realizar la tramitación correspondiente y orientarle en todo el procedimiento.

Qué documentos son necesarios para tramitar una herencia?

Como nos indican desde Trámites Fáciles Santander el primer documento necesario es el certificado de defunción de la persona fallecida, si no lo tienes esta empresa de gestión lo puede obtener por ti. Después habrá que ir a solicitar el Certificado de últimas voluntades y el certificado de seguros de cobertura del fallecimiento.

Además, dependiendo del estado civil de la persona fallecida, es conveniente solicitar certificado de matrimonio, de nacimientos si tuvo hijos o de defunción si procediese. Una vez obtenido el certificado de últimas voluntades comprobaremos si la persona fallecida realizó testamento o no.

¿Qué hay que hacer si el fallecido si dejó testamento?

Pues primero dar las gracias a esa persona, padre, madre o familiar, que tuvo la idea de dejarlo todo más fácil para los herederos, ya que si dejó testamento, habrá que actuar conforme la últimas voluntad de la persona fallecida siempre que esté dentro de la legalidad. Es decir, hacer cumplir el deseo y listo.

¿Qué hay que hacer si el fallecido no realizó testamento?

Pues estamos ante un problema. Si no se ha hecho testamento, hay que realizar una declaración de herederos, que es un documento público que define quiénes son los parientes con derecho a la herencia.

Si heredan los descendientes, ascendientes o el cónyuge, la declaración de herederos se hace ante un notario del lugar donde tuviera el fallecido su último domicilio. Habrá que llevar una serie de documentos ( D.N.I. del fallecido, certificación de defunción, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, Libro de Familia, al menos) y dos testigos en principio que conozcan a la familia pero que no sean parientes.

Registro de Actos de Última Voluntad

Si los herederos son otros (hermanos, hijos de hermanos o parientes de grado más lejano), la declaración de herederos la tiene que hacer el juez, previos los trámites previstos en la ley.

¿Qué otros trámites hay que realizar en la herencia?

Además del trámite anterior, es necesario realizar un inventario de todos los bienes que tenía la persona fallecida, para ello habrá que buscar e identificar las propiedades que pudiese tener el finado, realizar las gestiones ante las entidades bancarias para solicitar los certificados de saldo a la fecha del fallecimiento, etc

En el plazo de seis meses desde que se produce la muerte, hay que realizar la liquidación del Impuesto de Sucesiones teniendo como base el Inventario Privado de Bienes o la Escritura de Aceptación de Herencia así como liquidar el impuesto de plusvalía ante el Ayuntamiento correspondiente.