Conoce el papeleo que hay que hacer con el bebé

Cuando llega el nacimiento del bebé, como nos dicen los expertos de bbtramit.com/es, no solo es que se va a dormir bastante menos, además hay que hacer algo de papeleo. Por todo ello, merece la pena conocer de manera detallada los distintos trámites que se deben hacer por parte del recién nacido, dónde se deben hacer y la documentación que es precisa.

Una nueva vida

Pensemos que la llegada del bebé va a implicar bastantes cosas. Una de ellas es la realización es algo de papeleo, por lo que los trámites se deben gestionar por el nacimiento.

Es preciso que el bebé, es posible que se inscriba en el Registro, donde también se le debe proceder a la asignación de un pediatra para lo que debe ser apuntado en la Seguridad Social.

En el caso de que los padres trabajen van a precisar tramitar la baja y es seguro que vas a querer optar a las ayudas que oferta el Gobierno.

Puede que ser que suene algo abrumador, pero todos estos tipos de procedimientos se han ido simplificando, al menos en lo que respecta a los tiempos de espera que antes eran dilatadísimos. Ahora hay opciones en los que está abierta la vía telemática.

Vamos a ver una serie trámites que tienen que completarse después de que nazca un bebé y cómo se deben realizar.

Algo interesante antes de ponerse con esto, es hace una recopilación de la información de y los documentos que van a ser precisos de cara su gestión:

No hay que tener un informe médico de la maternidad que tendrá que estar firmado por parte del profesional que ha asistido al parto. De igual forma contar con el alta hospitalaria por parte de la madre y del bebé. Los impresos se facilitarán en el hospital en el que nació.

Después se deben detallar una serie de trámites, dónde se deben realizar y la documentación que se necesita.

¿Cómo se inscribe al bebé en el Registro Civil?

La inscripción es algo que se debe hacer de manera obligatoria y que debe hacerse por parte del padre o tutor.

Algo que debes saber es que desde el año 2015, dicho trámite es posible hacerlo de manera telemática desde lo que es el centro sanitario. De todas formas debes saber que es admitida presencialmente en el Registro Civil para los progenitores que así lo quieran.

Los plazos de cara a la inscripción a los recién nacidos en el centro médico de 72 horas máximo. Cuando pasa dicho periodo, es necesario que se haga en la Oficina de Registro Civil en un plazo de diez días. Dicho periodo es susceptible de ser ampliado a otros 30 siempre que se pueda justificar.

En dicha descripción debe constar:

El nombre que tendrá el recién nacido, la hora, la fecha y el sitio de nacimiento y si es varón o mujer.

Los padres, cuando existe de forma legal la filiación y cuando sea posible. Deben poner el nombre y apellidos, DNI o y el número de identificación por parte del extranjeros, donde aparezca el sitio y fecha donde se produjo el nacimiento, el estado civil, el domicilio y la nacionalidad que tiene. De igual modo, el número que sea asignado en el legajo al parte y su comprobación.

Hora en que se ha realizado la inscripción

Cuando se ha inscripto se realiza de forma electrónica y se hace de forma directa desde los mismos centros sanitarios en los que los padres, con la asistencia del personal de los centros lo van a cumplimentar y firmarán el cuestionario para declarar el nacimiento.

A dicho documento debemos sumarle el parte facultativo que acredite el nacimiento sellado por parte del hospital, DNI de los progenitores y otra documentación necesaria. Todo esto se remitirá de manera telemática desde lo que es el centro de salud al Registro Civil.

En cuanto se haga la inscripción, debes de saber que el Registro Civil lo que hace es enviar a los progenitores la certificación literal del nacimiento, con el que se pueden hacer los trámites burocráticos que necesiten antes que otras administraciones.

En el caso de que acudas de forma presencial, es posible optar por el Registro del sitio de nacimiento o donde bien los padres, algo diferente.

Para solicitar la inscripción solo hay que inscribir con la presentación del certificado médico del nacimiento y los documentos de identidad por parte de los padres y los declarantes.

Los padres si están casados solo tienen que ir al Registro de uno de ambos progenitores, pero en el caso de que no haya matrimonio entre ambos, deberán ir. Cuando se produzca el momento de la inscripción es posible pedir el certificado de nacimiento.

Los trámites son gratis, como sucede con la totalidad de trámites realizados en el Registro Civil.

Certificado  de nacimiento y DNI

Como hemos podido ver, en el caso de que la inscripción se haga de manera telemática, el Registro Civil lo que hace es enviar a los progenitores una certificación literal de nacimiento.

En el caso de que la inscripción se haga de manera presencial, hay que aprovechar la visita para pedir también que se emita el Certificado Literal de Nacimiento.

EL DNI es algo que es obligatorio para la totalidad de españoles con más de 14 años. De todas formas, es posible hacérselo al niño nada más que nazca.

Si se quiere hacer a un recién nacido, es posible solicitar cita previa vía electrónica. En cuanto estés allí, vas a tener que aportar la Certificación literal de nacimiento que será expedida por parte del Registro Civil, una fotografía que sea reciente en color, de un tamaño en concreto (32 x 26 milímetros), así como un certificado o volante de empadronamiento por parte del Ayuntamiento.

Cómo empadronar al bebé

Este certificado es un documento informativo que lo que hace es indicar la residencia y el domicilio habitual por parte del recién nacido.

Hay algunos municipios en la CC.AA donde se puede solicitar el volante de empadronamiento mediante Internet. En el caso de que no sea así, es preciso acudir de forma presencial en el consistorio.

Se expide por cada ayuntamiento por lo que puede ser diferente el procedimiento. El enlace es posible consultarlo en las capitales provinciales y de la CC.AA.

Los documentos que se necesitan son el DNI de los padres, así como el libro de familia o en su caso el registro digital.

La inscripción del recién nacido en la Seguridad Social

Este es el paso que hay que hacer para asignar al pediatra y contar con asistencia sanitaria. Se le asigna como beneficiario de la asistencia de uno de los progenitores, si los dos progenitores se afilian a la seguridad social, es posible asociar al bebé con cualquier de ambos.

En el caso de que ninguno de los padres disponga de afiliación, será necesario consultar los requisitos y la norma específica de la mutualidad de afiliación que tengan los progenitores.

Dicha inscripción se hace en los Centros de Atención e Información del INSS.

Si se hace la inscripción vía correo postal, es necesario el envío del formulario de solicitud como beneficiario en la Seguridad Social con la fotocopia de la documentación que es requerida y compulsada por un funcionario debidamente autorizada.

Documentación necesaria (presencial y correo)

El libro de familia que tiene la inscripción del recién nacido que se haya facilitado en el Registro Civil o un libro de familia que no esté actualizado con la certificación de nacimiento literal.

DNI

De cara a la inscripción de manera electrónica, es posible hacerlo en el portal de la Seguridad Social en el que se puede dar de alta al bebé menor de tres meses de edad. Por esta vía no es preciso ningún documento, ya que en el CAISS se va a comprobar que se encuentra inscrito en el Registro Civil.

Después de la inscripción, te facilitarán un impreso del bebé como beneficiario para que se pueda hacer la solicitud para la tarjeta sanitaria en cuestión.

¿Cómo se solicita la tarjeta sanitaria?

Gracias a ella el recién nacido puede recibir la asistencia sanitaria y se le asignará un pediatra. Se expide por la CC.AA de residencia de sus padres.

Esta tarjeta es solicitada de manera presencial en el CAP o Centro de Salud que pueda corresponder.

La documentación que se necesita es:

Inscripción en el registro Civil, su empadronamiento y también el impreso donde se certifica que el bebé es beneficiario de la seguridad social.

En cuanto se tenga la tarjeta sanitaria es necesario solicitada en el mismo en el centro de salud donde se asigne al pediatra y solicitar cita para que se haga la primera revisión pediatra.

Trámite de la baja de maternidad y de la paternidad

Después del nacimiento del hijo, los progenitores que son trabajadores, los cuales pueden ser por cuenta ajena o también por propia cuentan con derecho a tener un periodo para descansar por la debida remuneración por parte de la misma Seguridad Social.

Después de todo lo que hemos comentado, esperamos que te haya quedado algo más claro este punto.